Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0842/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.3.
II.3.El 21 de diciembre de 2004, Rubén Fernando Rocha Mamani, interpuso recurso de reconsideración y apelación (fs. 23 a 26), que fue rechazado mediante Resolución 017/2005 de 1 de marzo, por el Tribunal de Personal del Ejército, firmando la referida Resolución Wilfredo Vargas Valdéz, Vicente Ruíz Lira, Víctor Cuellar Balcázar, Aurelio Burgos Blacutt, Juan Ordóñez Medina, Marco Vásquez Ortíz, Orlando Paniagua Ledezma, Marcelo Antezana Ruíz, César López Saavedra y Blanca Herrera Dorado (fs. 32 a 35).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.Sobre la seguridad jurídica
- III.4. En cuanto a la legitimación pasiva
- b) La capacidad procesal de las partes;
- Fragmento 22
- APROBAR