Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0842/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.5.
II.5. El recurrente, el 13 de diciembre de 2006, presentó recurso de “aclaración, complementación y enmienda” (fs. 42), que fue rechazado el 15 del mismo mes y año, por el Comandante en Jefe de las FFAA, con el argumento que la Resolución 23/2005 de 12 de septiembre, se encuentra, plenamente ejecutoriada, razón por la cual la solicitud es inviable por estar fuera de plazo (fs. 183 y vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.Sobre la seguridad jurídica
- III.4. En cuanto a la legitimación pasiva
- b) La capacidad procesal de las partes;
- Fragmento 22
- APROBAR