Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0865/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.4.
II.4. El Juez Primero de Sentencia en lo Penal Ordinario del Distrito Judicial de La Paz en suplencia del Juez Quinto de Sentencia, señala audiencia por decreto de 31 de enero de 2006, señalando audiencia de medidas cautelares para el 13 de febrero del referido año (fs. 30), la abogada de las ahora recurrentes solicita nuevo señalamiento de día y hora de audiencia de medidas cautelares debido a tener otra audiencia el mismo día y hora (fs. 34).
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- deniegan
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- Fragmento 14
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 18
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. De la legitimación pasiva
- III.4. Indefensión provocada por el propio recurrente
- III.5. Del caso de análisis
- III.5.1. Respecto al Juez demandado
- III.5.2. De los Vocales demandados
- denegado
- APROBAR