SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0885/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
recurso de amparo constitucional
En revisión, la Resolución de 16 de mayo de 2007, cursante de fs. 272 vta. a 275 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, presentado por Braulio Cano Cordero contra Oscar Gerardo Montes Barzón, Alcalde Municipal de Tarija; Pedro Marcelo López Ávila, Director de Desarrollo Urbano y Verónica Cecilia Vaca Navajas, Asesora Legal de la Dirección de Desarrollo Urbano ambos del mismo Gobierno Municipal; alegando la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la legalidad, a la igualdad, a la defensa, a la seguridad jurídica y de petición, citando al efecto los arts. 6, 7 incs. a) y h) 16 y 81 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.3.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3.En cuanto a la improcedencia de la acción de amparo porque no se presentó demanda contenciosa administrativa.
- III.4. Precisión del contenido y alcance del derecho de petición y garantía del debido proceso
- III.5. En cuanto a la competencia del Municipio en materia de urbanismo.
- IV. Análisis del caso.
- APRUEBA