SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0890/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.3. Por memorial de 29 de octubre de 2004 (
II.3. Por memorial de 29 de octubre de 2004 (fs. 53), adjuntando planillas legalizadas de IMBA S.A., así como extracto de cuenta de la "AFP FUTURO" con los cuales se acredito el haber mensual que percibía el ejecutado Javier Fernando Pérez Antelo, como dependiente de IMBA S.A. en la suma de Bs. 6.155,20, que solamente se ha enviado la suma de Bs1000, cuando debería haber enviado hasta esa fecha la suma de Bs32 007,04 -tomando en cuenta que la suma de Bs1 231,04 es el 20% del haber mensual que percibe el ejecutado- solicitud que fue corrida en traslado a IMBA SA; por memorial de 23 de noviembre de 2004 ante el incumplimiento de IMBA S.A., solicito se imponga una multa progresiva por incumplimiento a ordenes judiciales de Bs500.- por cada día de retraso y se ordene la remisión de la totalidad de las retenciones, por providencia de 25 de noviembre y Auto de 10 de diciembre de 2004, fue rechazada al solicitud con el argumento de que la orden judicial ya fue cumplida y que el monto del sueldo que percibe el ejecutado no puede discutirse en el proceso ejecutivo (fs. 57 y vta., 59 y 60 y vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- Fragmento 4
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2
- II.3. Por memorial de 29 de octubre de 2004 (
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Aspectos relativos a las providencias judiciales
- Providencias judiciales, su diversidad
- Decretos, autos interlocutorios y sentencias, autos de vista y autos supremos.
- Deber de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- Pertinencia del Auto de Vista o resolución de Segunda instancia
- o anulatorio o repositorio
- III.4. La problemática planteada
- POR TANTO