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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0892/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0892/2010-R

    Fecha: 10-Ago-2010

    II.1.

    II.1.  Consta de fs. 3 vta. a 6, Auto Interlocutorio 156/07 de 1 de diciembre de 2007, por el cual se estableció haberse cumplido los presupuestos previstos en los arts. 233, 234 y 235 del CPP y en consecuencia se determinó la detención preventiva para José Manuel García Lima y Rodolfo Aníbal Mejía Vera.

    • recurso de hábeas corpus,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • 1)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
    • accionante
    • III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • SC
    • III.3.1. El debido proceso
    • En cuanto a su reconocimiento constitucional
    • En cuanto a sus alcances
    • En cuanto a la obligatoriedad de su respeto
    • En cuanto a sus elementos que lo componen
    • III.3.2
    • En cuanto al marco normativo del derecho a la defensa
    • III.4. Análisis del caso concreto.
    • APROBAR

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