SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0892/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0892/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, alega que se lesionaron sus derechos a la a la libertad al debido proceso, a formular peticiones y a la defensa por las autoridades recurridas, hoy demandadas, por cuanto éstas no habrían fundamentado sus decisiones a momento de considerar la cesación de la detención preventiva impetrada de su parte, más al contrario se dictó en primer término el Auto Interlocutorio de 1 de abril de 2008, por el cual se declaró la improcedencia de la solicitud y posteriormente en apelación, se dictó el  Auto de Vista de 10 del mismo mes y año  por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, que confirmó la Resolución apelada, fundando su decisión en circunstancias que ya anteriormente habrían sido desvirtuadas. Corresponde dilucidar, en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.