SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0907/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
Fragmento 22
La recurrente, ahora accionante, como primer acto denunciado como lesivo, alega que la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, no circunscribió el Auto Supremo 82-E, a los aspectos cuestionados a través de la excepción de extinción de la acción, es decir, que omitió pronunciarse sobre: a) La dilación y demora del procesamiento desde el 13 de noviembre de 2001, por más de cinco años; b) Tampoco se pronunció sobre la dilación y demora en la cual incurrió el Juzgado Primero de Sentencia en lo Penal en el trámite y remisión de los recursos de apelación incidental y restringida; y, c) De la misma forma, omitió pronunciarse respecto a la demora que incurre la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, al resolver el recurso de apelación incidental de 31 de octubre de 2003.
- recurso
- 1)
- Fragmento 3
- 2)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- a)
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- i)
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- la falta de motivación y fundamentación en las Resoluciones
- y la fundamentación o motivación
- con relación a la exigencia de la motivación de las resoluciones, como elemento constitutivo del debido proceso,
- III.4.
- Fragmento 22
- a) La interposición de incidente que ocasiona la suspensión del juicio oral; b) La interposición de apelación incidental de fecha 31 de octubre, resuelta mediante Auto de Vista en 29 de abril de 2006; y, c) Incidentes, excepciones y recursos interpuestos manifiestamente dilatorios.
- e)
- APROBAR