SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0907/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0907/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

II.6.

II.6. La excepción previa a la extinción de la acción penal, mereció el pronunciamiento de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema, que dictó el Auto 82-E de fecha 15 de enero de 2007 (fs. 45 a 46), declarando "no haber lugar" a la extinción de la acción penal, en vista de que los "incidentes, excepciones y recursos interpuestos manifiestamente dilatorios, por cuyas circunstancias corresponde a la sentenciada asumir las consecuencias de sus actos, haciendo inviable la extinción pedida" (sic).