Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0907/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.5.
II.5. Posteriormente, por documentales cursantes de fs. 39 a 44, se evidencia que Emilio Orlando Pastor León en representación legal de Ana Rosmary Monasterios de Faval, presentó memorial de excepción de extinción de la acción penal en virtud de haberse acreditado la demora y dilación del proceso, por más de cinco años desde la primera querella y tres años, seis meses y veintitres días, desde la última querella, que sobrepasan la duración máxima del proceso.
- recurso
- 1)
- Fragmento 3
- 2)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- a)
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- i)
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- la falta de motivación y fundamentación en las Resoluciones
- y la fundamentación o motivación
- con relación a la exigencia de la motivación de las resoluciones, como elemento constitutivo del debido proceso,
- III.4.
- Fragmento 22
- a) La interposición de incidente que ocasiona la suspensión del juicio oral; b) La interposición de apelación incidental de fecha 31 de octubre, resuelta mediante Auto de Vista en 29 de abril de 2006; y, c) Incidentes, excepciones y recursos interpuestos manifiestamente dilatorios.
- e)
- APROBAR