SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0945/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0945/2010-R

Fecha: 17-Ago-2010

Fragmento 19

         Con la aclaración respecto a la transcripción de esta línea jurisprudencial, en cuanto a la frase: “…valoración de los elementos recolectados…”, es previa a la presentación de la acusación, consecuentemente privativa del fiscal, dado que como se tiene expresado en la línea jurisprudencial del Tribunal Constitucional, la valoración de los hechos en juicio es exclusiva del órgano jurisdiccional.