SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0945/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
II.5.
II.5. Impugnada la resolución de sobreseimiento por el recurrente, el Fiscal de Distrito, mediante Resolución 610 de 11 de octubre de 2006, la ratificó a favor de Julio Freddy Claros Camacho, disponiendo la conclusión del proceso, cesación de medidas cautelares y cancelación de antecedentes, con el fundamento que en la minuta de transferencia, el querellante ahora recurrente, consintió el precio, el estado del vehículo y se establecen la garantía de evicción y saneamiento; además, el pago efectuado por el querellante al Banco Económico, para el evitar el remate del vehículo y levantar el gravamen, es un acto voluntario, no existiendo prueba que corrobore una circunstancia de engaño o artificio que haya inducido a error. Con relación a Harold Claros Camacho, deja sin efecto el sobreseimiento a su favor, al no haber sido imputado formalmente; el Fiscal asignado, debía dictar la resolución que corresponda y pronunciarse también respecto a la querellada Mireya Yolanda Camacho Valdivia (fs. 8 a 9 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. El sobreseimiento, facultad privativa de la autoridad fiscal
- Fragmento 19
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR