SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1032/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
1)
Abraham Aguirre Romero, Juez Cuarto de Ejecución Penal y Supervisión del Distrito Judicial de La Paz, en audiencia informó lo siguiente: 1) Que Katia Mayta como abogada asistente no se encuentra autorizada a intervenir en forma autónoma conforme establece el art. 31 de la Ley del Servicio Nacional de Defensa Pública, por lo que no está legitimada para asistir al recurrente; 2) El recurrente se encuentra cumpliendo una sentencia ejecutoriada y no se enmarca dentro de los parámetros establecidos en el art. 18 de la CPEabrg; 3) El art. 177 de la LEPS, establece reglas y condiciones que deben ser impuestas al condenado para garantizar el cumplimiento en pre libertad o libertad condicional de la condena, las que están en relación al art. 24 del CPP; 4) Si bien los arts. 177 de la LEPS y 433 y 444 del CPP, establecen tres requisitos para la consideración del beneficio, no es menos cierto que no hablan de una prohibición respecto de otros requisitos que el juez vea por conveniente para el cumplimiento de reglas y condiciones que se le imponen y también es cierto que la Constitución Política del Estado establece que lo que no está prohibido está permitido; 5) A excepción del recurso de reposición, no se le ha hecho ninguna solicitud de señalamiento de audiencia para considerar el fondo del incidente toda vez que la imposición de garantes no ha sido adoptada, no existe acto que haya resuelto la libertad condicional exigiendo los garantes; por lo que al encontrarse el incidente en trámite, no puede considerarse que exista una Resolución que vulnere los derechos del recurrente; y, 6) Quienes están retrasando la resolución del incidente es la defensa y en cuya audiencia debía hacer valer estas Sentencias Constitucionales para ser consideradas por el Juez al momento de dictar resolución.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de hábeas corpus
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.4. De la libertad condicional
- 3.
- III.5. Del caso de análisis
- APROBAR