SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1032/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1032/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

II.3.

II.3. Por memorial de 30 de enero de 2008, el recurrente impetra libertad condicional ante la autoridad recurrida, con el argumento de haber cumplido las dos terceras partes de su condena impuesta por el Tribunal de Sentencia de Copacabana y haber dado cumplimiento a todos los requisitos establecidos por el art. 174 de la LEPS, acreditando encontrarse clasificado por el Régimen Penitenciario en el periodo de prueba, haber realizado regularmente actividades de trabajo o estudio durante su permanencia en el penal de “San Pedro” de La Paz y no haber sido sancionado por faltas graves o muy graves este último año, solicitando se señale día y hora para la consideración del mismo. De igual manera señala el domicilio donde va a vivir (fs. 18 y vta.).