Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1032/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
II.2.
II.2. Por Resolución 101/2007 de 16 de marzo, el Juez Cuarto de Ejecución Penal, concede el beneficio de redención a Lorenzo Cayo Coarite y redime un tiempo de condena de un año, tres meses y seis días, que el interno ha abreviado o acortado en el cumplimiento de su condena por trabajo, extinguiendo parte de la misma, los que sumados al tiempo de condena de tres años, tres meses y dieciocho días de condena al 15 de marzo de 2007, cumplidos, resulta un total de cuatro años, seis meses y veinticuatro días de condena cumplida (fs. 17 y vta.).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de hábeas corpus
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.4. De la libertad condicional
- 3.
- III.5. Del caso de análisis
- APROBAR