SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1074/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1074/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

b)

b) En cuanto al Secretario Ejecutivo del Gobierno Municipal de La Paz, Javier Zárate Taborga, señala el ahora accionante que “conociendo la instrucción contenida en el artículo segundo de la Resolución Municipal 0465/2006, comete un acto ilegal al ordenar remitir el informe SECT. EJECT. 09/2007 a la Dirección Especial de Finanzas con el objeto de que se notifique a la asociación accidental en rechazo a la solicitud de devolución de dinero obtenido por la ejecución de la boleta de garantía” (sic). En este supuesto, de acuerdo a los argumentos señalados supra y considerando que la orden de remisión del informe legal a la Dirección de Finanzas, no constituye un “acto administrativo”, sino más bien un acto preparatorio, es evidente que en la especie y concretamente en relación a esta autoridad demandada, existe falta de legitimación pasiva.