SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1074/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1074/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

III.4.1. El amparo constitucional y el principio de subsidiaridad

La acción de amparo constitucional regulada por el art. 19 de la CPEabrg; y los arts. 128 y 129 de la CPE, es un mecanismo procesal de naturaleza constitucional cuyo fin es la protección y resguardo efectivo de derechos fundamentales que no versen sobre derechos protegidos por la acción de libertad, la acción de protección de privacidad, de cumplimiento y acción popular.

La acción de amparo constitucional, tiene en el ordenamiento jurídico boliviano un carácter preventivo y reparador y opera en casos en los cuales no exista otro remedio judicial eficiente; por tanto, se concluye que esta acción por mandato del art. 19.V de la CPEabrg y 129.I de la CPE, se caracteriza por la vigencia del principio de subsidiariedad, toda vez que este mecanismo no sustituye las otras vías o mecanismos legales que las leyes confieren a los afectados para restituir los derechos fundamentales afectados.