SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1074/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1074/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

II.3.  En cuanto a la comunicación de resolución de contrato

A través de carta Cite Desp. GMLP 580/06 de 1 de julio de 2006, el Alcalde Municipal, ahora recurrido, comunicó al representante legal de la asociación accidental Trebol S.A.- inversiones Sabenpe C.A., sobre la resolución de los contratos 1851/05 (área este) y 147/06 (área oeste) por haber incumplido obligaciones acordadas en la cláusula tercera del contrato modificatorio de los referidos contratos, anunciando la ejecución de las boletas de garantía bancarias otorgadas al Gobierno Municipal para el cumplimiento de los contratos (fs. 133).