SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1074/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1074/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

Resolución Municipal 0465/2006 de 24 de agosto, el Alcalde Municipal, ahora recurrido, determinó dejar sin efecto el acto administrativo de resolución de los contratos 1851/05 (área este) de 16 de diciembre de 2005 y 147/06 (área oeste) de 3 de abril de 2006, y el contrato modificatorio de éstos; y consecuentemente, la Resolución Municipal 342/06 de 7 de julio de 2006, que confirmó dicho acto administrativo de resolución de contratos y el Auto de ejecutoria de 2 de agosto del mismo año, disponiendo la suscripción de un nuevo contrato modificatorio con la empresa Sabenpe S.A. (anteriormente asociación accidental Trebol S.A.-Sabenpe C.A.), con el objeto de que inicie operaciones de barrido, recojo, limpieza y traslado de residuos sólidos de las áreas este y oeste de la ciudad de La Paz, a partir de los noventa días calendario siguientes a la suscripción del referido contrato modificatorio. Asimismo, dispuso la devolución del monto de la boleta de garantía ejecutada del Banco Bisa S.A. BG - 027823-0101 por $us126 379,64.-, a favor de la asociación accidental Trebol S.A. inversiones Sabenpe C.A. (fs. 1 a 8).

Mediante Resolución Municipal 0465/2006 de 24 de agosto, el Alcalde Municipal, ahora recurrido, determinó dejar sin efecto el acto administrativo de resolución de los contratos 1851/05 (área este) de 16 de diciembre de 2005 y 147/06 (área oeste) de 3 de abril de 2006, y el contrato modificatorio de éstos; y consecuentemente, la Resolución Municipal 342/06 de 7 de julio de 2006, que confirmó dicho acto administrativo de resolución de contratos y el Auto de ejecutoria de 2 de agosto del mismo año, disponiendo la suscripción de un nuevo contrato modificatorio con la empresa Sabenpe S.A. (anteriormente asociación accidental Trebol S.A.-Sabenpe C.A.), con el objeto de que inicie operaciones de barrido, recojo, limpieza y traslado de residuos sólidos de las áreas este y oeste de la ciudad de La Paz, a partir de los noventa días calendario siguientes a la suscripción del referido contrato modificatorio. Asimismo, dispuso la devolución del monto de la boleta de garantía ejecutada del Banco Bisa S.A. BG - 027823-0101 por $us126 379,64.-, a favor de la asociación accidental Trebol S.A. inversiones Sabenpe C.A. (fs. 1 a 8).