SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1079/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1079/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

II.6.

II.6.  Sin que sea notificado con la Resolución de ejecutoria, por memorial presentado el 8 de agosto de 2006, el representado de la recurrente suscitó incidente de nulidad de notificación del Auto de Vista 261, que resolvió su recurso de apelación, indicando que no se practicó la misma en la persona de su abogado, solicitando en atención a los fundamentos de la SC 0606/2006-R  de 27 de junio, se proceda a notificarlo personalmente con el Auto de Vista 261 (fs. 8 a 9 vta.); solicitud rechazada por los Vocales recurridos mediante Auto 002 de 4 de enero de 2007, con el fundamento de que no se ocasionó indefensión a la parte demandada, por el contrario, según informe del Oficial de Diligencias, la notificación con el Auto de Vista 261, fue realizada en el domicilio procesal fijado, existiendo negligencia del abogado y apoderado al no presentar recurso de casación en su debido momento (fs. 100 y vta.).