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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1095/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1095/2010-R

    Fecha: 27-Ago-2010

    II.2.

    II.2.  Mediante nota con cite: U.S.S EST-N°006/2007 de 5 de marzo, Ivanoff Cordero Aramayo, instruye a la autoridad recurrida, dejar sin efecto la reducción y reordenamiento de horas en el referido instituto (fs. 13). El 30 de ese mes y año, la representada del recurrente, denuncia ante Ivanoff Cordero Aramayo, el incumplimiento del instructivo mencionado (fs. 14 y 15).

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • I.2.1  Ratificación y ampliación del recurso
    • i)
    • 1)
    • deniega
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • “accionante”
    • “conceder”
    • III.3. Naturaleza jurídica del recurso de amparo constitucional
    • III.4. Sobre la falta de legitimación pasiva
    • III.5. Análisis de la problemática planteada
    • III.5.1.
    • denegado
    • APROBAR

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