SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1145/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1145/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

II.3.

II.3.    Mediante Auto de 3 de julio de 2007, el Comité Electoral, comunicó al recurrente que se decidió ampliar el plazo para la presentación de descargos correspondientes a los socios, que en su momento fueron depurados, decisión tomada en virtud a la orden de los Tribunales de garantías, producto de las resoluciones de los recursos de amparo constitucional presentados por parte de algunos candidatos; que en el caso de las impugnaciones el Comité debe hacer conocer estas al candidato impugnado o depurado, dándole la oportunidad de presentar sus pruebas de descargo y luego emitir la resolución que corresponda. Por lo que se le concedió el plazo de veinticuatro horas para subsanar el motivo de su depuración. (fs.1)