SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1149/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1149/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

convocatoria a la que él se sometió voluntariamente

Revisado el contenido de la convocatoria a concurso de méritos y examen de competencia de promoción interna institucional departamental para optar -entre otros- al cargo de Director del Hospital Clínico Viedma, publicada el 17 de diciembre de 2006, en el periódico “Los Tiempos” de Cochabamba, se constata en el numeral 3 del acápite de Requisitos Específicos, que se estableció la presentación del “Certificado de Institucionalización en el Sistema Público de Salud”, en la misma convocatoria se determinó que cualquier impugnación a la misma se haga dentro del plazo de 48 horas siguientes a su publicación. Empero, el accionante sin formular observación alguna a los requisitos contenidos en la convocatoria, presentó su postulación lo que implica la aceptación de los términos y condiciones de dicha convocatoria, cuestionando los mismos recién cuando fue descalificado del concurso de méritos y antes de rendir el examen de competencia, pretendiendo la inaplicabilidad de la convocatoria a la que él se sometió voluntariamente y después dejó precluir su derecho a impugnarla dentro de las cuarenta y ocho horas de su publicación, omisión que hace a la improcedencia de su recurso conforme la subregla 1.a) de la SC 1337/2003-R.