SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1149/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1149/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

II.5.

II.5.  El recurrente, mediante nota presentada el 2 de febrero de 2007, observó la respuesta del Presidente del Colegio Médico, señalando que podía nombrase a cualquier otro médico que trabaje en la seguridad social como representante ante el Tribunal Calificador y que tampoco había impedimento para que se cambie al representante, reiterando que se aplique el Voto Resolutivo 8 anteriormente señalado (fs. 8 a 9). Misiva que fue respondida por el Presidente del Colegio Médico el 4 de ese mes y año, rechazando los extremos manifestados por el recurrente (fs. 10 a 11).