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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0022/2010
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0022/2010

    Fecha: 20-Sep-2010

    III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

    La recurrente impugna de inconstitucionales los arts. 234.6 y 235 inc.5 del CPP modificados por el art. 15 de la LSNSC, por infringir los arts. 7 inc. a) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg). En consecuencia, corresponde a este Tribunal establecer si las infracciones denunciadas son evidentes.

    • recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
    • I.1.1. Relación sintética del recurso
    • I.1.2.Trámite procesal del incidente y Resolución de las autoridades judiciales
    • anuló
    • 1)
    • 2)
    • 3)
    • 4)
    • 5)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal al Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • III.2.Naturaleza del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
    • aplicable
    • SC 0051/2005,
    • Fragmento 18
    • III.4.Aplicación de la interpretación constitucional a los procesos en trámite
    • III.5. Análisis del caso de autos
    • improcedencia
    • IMPROCEDENTE

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