Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1190/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
II.8.
II.8. Mediante oficio ADM/ATN 014/07 de 20 de julio de 2007, el Jefe de Departamento de Operaciones de ADECO S.R.L. solicitó al Alcalde Municipal de Porongo, una reunión de coordinación para presentar el borrador de convenio para la coordinación de control y fiscalización de obras de la urbanización "Colinas del Urubó" (fs. 33).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Marco jurídico aplicable
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Seguridad jurídica en la nueva Constitución Política del Estado vigente
- APROBAR