SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1194/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1194/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

es imperante analizar la situación procesal y los actos procesales disciplinados por la normativa adjetiva civil,

Ahora bien, de la problemática concreta, desde la óptica de las reglas del debido proceso, es imperante analizar la situación procesal y los actos procesales disciplinados por la normativa adjetiva civil,  en ese orden de ideas, se tiene que el art. 520.I del CPC, establece lo siguiente: “Cuando la sentencia condena al pago de suma líquida y determinada y el demandado no la cumpliere hasta el tercero día de su notificación, se procederá al embargo y secuestro de sus bienes y luego a la subasta y remate” (las negrillas nos corresponden).