SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
Fragmento 3
El recurso de amparo constitucional está dirigido contra Rodolfo Mérida Rendón, María Teresa Rivero de Cusicanqui, Guido Chávez Méndez y José Luis Dabdoub López, Consejeros de la Judicatura; y, Marlene Terán de Millán, Ángel Arias Morales y Patricia Pereira Revuelta, miembros del Tribunal Sumariante del Consejo de la Judicatura de la Paz; solicitando se declare “procedente” concediendo la tutela y disponiéndose la anulación total del proceso disciplinario y se disponga el pago de inmediato del 20% del sueldo retenido y descontado a consecuencia de las ilegales Resoluciones pronunciadas y se condene a las autoridades recurridas al pago de los daños y perjuicios en la suma de Bs30 000.- (treinta mil bolivianos).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.9.
- II.11.
- III.1.
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. El debido proceso y la motivación de las resoluciones
- la exigencia de la motivación de las resoluciones
- III.4.1. Con relación a
- III.4.2. Respecto al incumplimiento de
- III.4.3. Con relación a que se la procesó
- APROBAR