Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
II.11.
II.11. El 15 de febrero de 2007, los Consejeros de la Judicatura, en apelación emitieron la Resolución 76/2007, mediante la cual confirmaron la Resolución apelada y dispusieron que se cumpla con lo determinado en la misma (fs. 84 a 86); Resolución con la que se notificó a la procesada el 11 de mayo de 2007 (fs. 86 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.9.
- II.11.
- III.1.
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. El debido proceso y la motivación de las resoluciones
- la exigencia de la motivación de las resoluciones
- III.4.1. Con relación a
- III.4.2. Respecto al incumplimiento de
- III.4.3. Con relación a que se la procesó
- APROBAR