SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1217/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1217/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

2)

2) La Jueza Técnica del Tribunal Segundo de Sentencia de Villamontes, informó que en la Sentencia se ordenó la devolución de bienes y valores incautados, empero manifestó que jamás se mencionó la entrega de los $us22 250.- Además que, es el Juez de Instrucción quién ordenó la incautación del dinero, por lo que es a esa autoridad a quién se debió  promover dicho incidente. Por otro lado, una vez ejecutoriada la Sentencia, el 8 de mayo de 2006, el representado de las recurrentes, solicitó la restitución del dinero secuestrado el 18 de agosto de ese año, es decir pasados los sesenta días contemplados por el art. 261 del CPP, convirtiéndose el bien secuestrado en vacante.