Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1223/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.6.
II.6. Por memorial de 24 de julio de 2007, el recurrente impugna la carta de reubicación y memorando de designación ante la Directora Distrital de Educación de Poroma a.i. y el Sub Director Nacional de las Escuelas de Cristo. Asimismo, solicita revocatoria de la carta de reubicación y memorando de designación ante la Directora Departamental de Desarrollo Social de Chuquisaca y ante el Director Departamental de Educación de Chuquisaca (fs. 47 a 50 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- si el recurso fue admitido pese a no cumplirse con los requisitos exigidos por Ley, se da lugar a la improcedencia del amparo, sin ingresarse al análisis de fondo del asunto ".
- b)
- c)
- Fragmento 19
- III.4. Del caso en análisis
- APROBAR