SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

II.6.

II.6.  Notificado con el mencionado Auto de Vista, el representado del recurrente, solicitó explicación, complementación y enmienda del mismo por memorial presentado el 11 de enero de 2007, en sentido de por qué no se consideró todo el trabajo profesional de su abogado patrocinante, de igual manera por qué no se tomó en cuenta el anuncio efectuado de su parte de someterse a iguala profesional en cuanto a honorarios profesionales (fs. 54 a 55); por Auto de 12 de enero de 2007, la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró no ha lugar a la solicitud planteada por considerar que los argumentos del Auto de Vista D-504/2006, son claros, además que el segundo considerando expresó los motivos y fundamentos de la Resolución (fs. 56).