Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
III.4. Definición de la problemática planteada
En el caso ahora analizado y de la prueba aportada, se establece que el accionante impugna las Resoluciones de las autoridades demandadas que regulan el honorario profesional de su abogada patrocinante en la suma de Bs3000, en razón de no haber considerado en la planilla de costas con cargo a María Cristina Salinas Silva, la iguala profesional que tiene suscrita con su abogada patrocinante en la que se establece la suma de $us3000.-, más el 10% de valor total de los bienes demandados de división que a decir del accionante ascienden a la suma de $us1.000.000.- (un millón de dólares estadounidenses).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- en el plazo máximo de seis meses
- III.4. Definición de la problemática planteada
- fue notificado
- no tiene: "trascendencia ni efecto en la resolución principal",
- APROBAR