SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1232/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1232/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

Fragmento 5

La parte recurrida, (no se especifica en el acta de que autoridad se trata), mediante informe presentado en audiencia, señaló lo siguiente: Las SSCC 1261/2001-R y 0700/2007-R, establecen que uno de los presupuestos para plantear un amparo constitucional, es tener legitimidad activa, o sea, el interés que tiene en el asunto y en quien recae la consecuencia jurídica de la Resolución o acto de la autoridad que se impugna; lo que implica que, debe existir una relación directa entre el recurrente y el derecho que se invoca como lesionado; aquí no existe ningún derecho violado, por lo que el recurso debe ser denegado.