SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1278/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1278/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

Fragmento 29

         Al respecto, de la compulsa de antecedentes se establece lo siguiente: a) El  21 de febrero de 2007, de forma personal se notificó a Joaquín Marcelo Arze Solíz, Gerente Regional de Aduanas, con la primera conminatoria de devolución del vehículo objeto de decomiso preventivo; b) El 8 de marzo de 2007, se notificó a la ahora accionante con el acta de intervención contravencional AN-GRCGR-CBBCI-004/07 de 6 de marzo de 2007, en cuyo punto cuarto se detalla el camión decomisado marca volvo, tipo F10, color azul combinado, chasis F106X2014064, modelo 1980, con placa de circulación 1431 HTE; c) El 16 de marzo de 2007, se notificó a la autoridad recurrida con la providencia de 13 de marzo de 2007, en virtud del cual, "se reitera al Gerente Regional de Aduana Cochabamba, dar estricto cumplimiento al Auto de 9 de febrero de 2007, bajo expresa conminatoria" (sic); y, d) El 10 de mayo de 2007, se expidió Resolución Determinativa AN-GRCGR-CBBCI-03-30/07, mediante la cual, en el punto tercero, se impuso la multa de Bs39 417.- (treinta y nueve mil cuatrocientos diecisiete bolivianos), equivalentes al 50% del valor de la mercancía en sustitución del comiso del medio de transporte marca volvo, Tipo F-10, color azul combinado, chasis F106X2014064, modelo 1980, con placa de circulación 1431 HTE.