SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1288/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1288/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

II.2.

II.2.  Por escrito de 16 de agosto de 2007, con la suma “Presenta descargo y solicita deje sin efecto Resolución”(sic), el recurrente solicitó al Presidente del Tribunal de Sentencia, se revoque la sanción, justificando su inasistencia con un certificado médico, haciendo hincapié en que su incomparecencia no estaba sujeta a un plazo fatal o extinción de la acción y no favorecía al imputado. Arguye también que el Capítulo Tercero del CPP, refiere que los imputados deben ser patrocinados por abogados particulares y no por abogados de oficio o de Defensa Pública (fs. 11 y vta.).