SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1317/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
Fragmento 18
Respecto a la protección y tutela que brinda la acción de amparo constitucional contra actos lesivos a la garantía del debido proceso en su elemento al juez natural, cuyo núcleo está compuesto por tres elementos a saber: la competencia, la imparcialidad y la independencia, el Tribunal Constitucional se ha pronunciado, mediante la SC 0099/2010-R de 10 de mayo, que modula la SC 0585/2005-R de 31 de mayo, y todas aquellas que tengan el mismo entendimiento, en lo pertinente a los elementos imparcialidad e independencia de la garantía del juez natural que debe ser protegido por la acción de amparo constitucional; toda vez que cuando se denuncie lesión en el elemento competencia del juez natural, debe ser protegido por el recurso directo de nulidad de acuerdo a las condiciones expuestas en los Fundamentos Jurídicos III.5 y III.6 de dicha Sentencia; glosando las partes pertinentes al caso planteado. En efecto el referido fallo constitucional establece:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- a)
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”.
- “accionante”
- Fragmento 18
- III.3.Procedencia del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, cuando se trata de la protección al debido proceso en su elemento juez natural - imparcialidad e independencia
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- III.4. El caso en examen
- concedido
- APROBAR