Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1348/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
II.4.
II.4. Resolución 22/06, por la que el Concejo Municipal de Santiago de Andamarca de la provincia Sur Carangas, resuelve lo siguiente: "El Honorable Concejo Municipal en pleno ha aprobado bajo presión la decisión de la reunión ordinaria del Cantón Orinoca de la suspensión temporal de la concejal María Lourdes Canchari Cruz del ejercicio del mandato, hasta que solucione sus problemas internos" (sic), que es notificada a la ahora recurrente el 20 de junio de 2006 (fs. 3 y vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- Fragmento 7
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- I.
- Fragmento 17
- III.2.2. Respecto al derecho de petición
- III.3. Análisis del caso
- III.3.1.
- no se encontraba establecida en la Ley de Municipalidades, con lo que las autoridades demandadas, aplicaron de manera errónea la medida de suspensión temporal, incurriendo con ello en omisiones indebidas y arbitrarias
- corresponde mencionar que los mismos reconocen en su informe prestado que la mencionada Resolución no fue puesta en conocimiento de la accionante, por lo que dicho argumento debe ser desestimado
- III.3.2.
- POR TANTO