SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1493/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1493/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

II.6.

II.6.  A través del memorial presentado el 9 de febrero de 2009, ante la Unidad de Recepción de la Oficialía Mayor de Planificación del Gobierno Municipal de Santa Cruz, Jacqueline Roque García, Presidenta; Rodolfo Martín Rodríguez Garnica, Vicepresidente; y, Eulogio Calizaya Mamani, Secretario de Deportes, en representación de la Asociación de Copropietarios Centro Comercial Pro Mayor, acudieron a la instancia municipal para denunciar que “Waldo Gonzales” Veizaga, Abelardo Ágreda “Díez”, Gonzalo Arandia “Bustamante”, Juan Carlos Arancibia Estévez, los cuatro, afiliados del bloque 6 y terceras personas ajenas a la institución, procedieron a construir de manera clandestina e ilegal unos tinglados, requiriendo que conforme a las reglas de las leyes de urbanismo, uso de suelo, proyecto aprobado, sus Estatutos y Reglamentos y demás leyes que rigen la materia, intervengan de manera inmediata, disponiendo la demolición de los mismos (fs. 165 a 166).