SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1493/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
III.3.1. Respecto de la activación simultánea de medios de defensa de jurisdicciones distintas
Revisados los antecedentes, se colige que las ahora accionantes en representación de la Asociación Civil de Gremiales Minoristas y Artesanos “1 de Mayo”, en su calidad de miembros del Directorio de la Asociación de Copropietarios Centro Comercial Pro Mayor, indican la vulneración de sus derechos y garantías, habida cuenta que los copropietarios del bloque 6 del citado Centro Comercial, ahora demandados, estuvieren realizando actos y disponiendo de espacios de área común destinados al paso peatonal y parqueo de movilidades, de manera ilegal y arbitraria, desconociendo sus propios Estatuto y Reglamento Interno, pretendiendo además ignorar la Directiva al conformar una administración paralela.
A cuya consecuencia, el 9 de febrero de 2009, los representantes de la Asociación de Copropietarios Centro Comercial Pro Mayor, presentaron un memorial ante la Oficialía Mayor de Planificación del Gobierno Municipal de Santa Cruz, denunciando construcciones clandestinas en las áreas de uso común, petitorio que cuenta con el sello de recepción de la Unidad correspondiente en la fecha indicada; al margen de ello, la presente acción tutelar se presentó el 1 de junio de 2009: es decir, casi cuatro meses más tarde, tiempo que excede al plazo puntualizado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Resolución, sin que hasta esa fecha se evidencie respuesta alguna por parte de la instancia municipal como tampoco que los hechos denunciados como vulnerados, se hubieren reparado oportunamente, habida cuenta que del muestrario fotográfico y de las declaraciones de los demandados en la audiencia de la presente acción, se tiene que los hechos reclamados persisten, pese a su impugnación por la vía administrativa, aspecto que activa el análisis de fondo de la problemática planteada.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción popular y la activación simultánea de instancias paralelas
- III.2. Excepción en caso de activación simultánea de instancias paralelas
- III.3.1. Respecto de la activación simultánea de medios de defensa de jurisdicciones distintas
- III.3.2. Respecto de los derechos invocados
- denegado
- APROBAR