SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1493/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Las accionantes, alegan que los demandados vulneraron sus derechos a no sufrir violencia física y psicológica, a la dignidad, a la libertad y seguridad personal, a dedicarse al comercio, a la industria o a cualquier otra actividad económica lícita y a la propiedad privada, porque los miembros del bloque 6 de la Asociación de Copropietarios Centro Comercial Pro Mayor, del cual son representantes, utilizan las áreas de uso común como propiedad privada para exhibir su mercadería, alquilarlas a vendedores ambulantes, negándose a pagar por gastos comunes, contratando su propia guardia de seguridad, impidiendo que la guardia del Centro ingrese, generando su propia administración, incumpliendo su Estatuto y Reglamento Interno, ignorando el régimen de propiedad horizontal, ocasionando desorden y caos. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes, si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales tutelados por esta acción, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción popular y la activación simultánea de instancias paralelas
- III.2. Excepción en caso de activación simultánea de instancias paralelas
- III.3.1. Respecto de la activación simultánea de medios de defensa de jurisdicciones distintas
- III.3.2. Respecto de los derechos invocados
- denegado
- APROBAR