SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1527/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.3.
II.3. A través de RA RD-ABT-DDPA-PAS-347/2009 de 20 de octubre -dictada dentro del proceso administrativo sancionador seguido contra Guillermo Armando Crooker Muñoz, Gerente General de la empresa Tropical Andes S.R.L., por la presunta contravención al régimen forestal de desmonte ilegal-, el Director Departamental de la ABT, de acuerdo con el dictamen jurídico DJ-ABT-DDPA-136-2009, resolvió -entre otros- declarar al demandado, responsable de la contravención atribuida, imponiéndole la obligación de pagar por concepto de patentes y multa la suma de $us1 409,04.- (mil cuatrocientos nueve 04/100 dólares estadounidenses), ordenando la reforestación de la superficie desmontada sin autorización de 6.84 has, donde se encontraba asentado ilegalmente el aserradero (fs. 4 a 16). El 4 de noviembre del citado año, María Cristina Gumucio Espinoza en representación del sancionado, planteó recurso de revocatoria (fs. 55 a 61).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional: Subsidiariedad que la caracteriza
- la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- Fragmento 16
- III.2. Recursos de revocatoria y jerárquico: Medios de impugnación que deben ser planteados a efectos de la subsidiariedad
- se concluye que todo acto administrativo que emane de la administración pública o privada, de carácter definitivo, o cuya decisión afecte un derecho o un interés legítimo del administrado, está sujeto a un procedimiento de impugnación previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo
- 'Los recursos administrativos, en sentido amplio, serían los remedios o medios de protección del individuo para impugnar los actos -lato sensu- y hechos administrativos que lo afectan y defender sus derechos frente a la administración
- III.3. Análisis del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
- Fragmento 21
- APROBAR