SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1527/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1527/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

III.2. Recursos de revocatoria y jerárquico: Medios de impugnación que deben ser planteados a efectos de la subsidiariedad

         En un análisis pormenorizado de los recursos administrativos, la SC 2853/2010-R de 10 de diciembre, precisó: Es necesario conceptualizar al recurso administrativo, determinar los casos en los que procede y enumerar los medios de impugnación que pueden plantearse dentro de éste a objeto de establecer si corresponde o no ingresar a analizar la problemática formulada, entendiéndose al proceso administrativo como: 'La reclamación que un particular, tratase de persona individual o abstracta, formula contra un acto o resolución de la Administración Pública, y ante ella, para solicitar su reforma, revocación o nulidad. Cabe plantearlo ante el órgano o funcionario que ha adoptado la medida o ha tomado una resolución, en que se habla de recurso de reposición (…) para que se deje sin efecto, en grado mayor o menor, lo que se impugna; o el recurso jerárquico, unas veces tras el trámite previo anterior, o expedito en ciertas circunstancias ante el superior. En este régimen, solamente después del silencio, de la negativa total o de insuficiente rectificación, cabe el planteamiento por lo contencioso administrativo…' (Guillermo Cabanellas, Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Tomo VII, Editorial Heliasta, 23ª Edición Revisada, Actualizada y Ampliada, Pág. 53).