Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1540/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 16 de junio de 2009, Amadeo Armando Rojas Armata, interpuso recurso de revocatoria (fs. 55 a 57); así como Mario Rolando Iriarte Tames (fs. 53 a 54 vta.). Camilo Medina Rodríguez, en calidad de Sumariante, resolvió el recurso de revocatoria pronunciando la Resolución de 29 de junio de 2009, mediante la cual ratificó la Resolución Final de 10 de junio del mismo año (fs. 58 a 60 vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La interpretación de la legalidad ordinaria y la acción de amparo constitucional
- Fragmento 21
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegado
- APROBAR