SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1561/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
III.3. Análisis del caso concreto
Del análisis y compulsa de los antecedentes referidos, y, en aplicación de jurisprudencia constitucional glosada, se establece que, la ahora accionante, presentó inicialmente un incidente de nulidad de obrados que, luego de su sustanciación en la jurisdicción ordinaria, fue recurrida en amparo, siendo confirmada mediante SC 1227/2006-R de 1 de diciembre, con el argumento de que “…la Sentencia pronunciada dentro del proceso ejecutivo adquirió la calidad de cosa juzgada material...”; no obstante, y al ser los fallos emitidos dentro del proceso, contrarios a sus intereses, intentó nuevamente activar mecanismos legales, habiendo solicitado su exclusión de los efectos de la sentencia, sin tomar en cuenta que, dicha solicitud, la efectuó de manera por demás extemporánea, tomando en cuenta el tiempo transcurrido desde la emisión y ejecutoria de la Sentencia; procurando además, maliciosamente, confundir a las autoridades jurisdiccionales, haciendo uso de una vía que pudo ser utilizada en primera instancia, y no pretender interponer toda clase de recursos, luego de vencidos todos los plazos para objetar el fallo, con la finalidad de que alguno de ellos le sea favorable. En tal sentido, este Tribunal, encuentra que la problemática analizada, se halla subsumida dentro de la sub-regla de subsidiariedad 2.a), señalada en el Fundamento Jurídico precedente, por cuanto, si bien planteó un recurso (incidente de nulidad de obrados), aquel no era el adecuado; en todo caso, debió solicitar su exclusión en tiempo oportuno, y no pretender que, por esta vía constitucional, se reparen sus errores y omisiones, máxime si como se afirmó precedentemente, ya existía una Sentencia Constitucional emitida dentro del presente proceso; por lo cual, queda también en evidencia la conducta desleal y anti ética de la accionante, al procurar que, por medio de la presente acción tutelar, se contradiga la Resolución emitida anteriormente por este Tribunal; siendo en consecuencia, manifiestamente necesario, declarar la improcedencia de la presente acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional y su carácter subsidiario
- III.2. Principios de subsidiariedad e inmediatez de la acción de amparo constitucional
- a) cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR