Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1662/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
II.6.
II.6. Del Sistema de Gestión Procesal del Tribunal Constitucional, se evidencia que la acción de amparo constitucional interpuesta por Hilbert Milton Poiqui Díaz, en representación de Yola Aruquipa Miranda contra Antonio Costas Sitic, Amalia Oporto de Iriarte y Roxana Ibarnegaray Ponce, Presidente y Vocales, respectivamente, de la Corte Nacional Electoral, que ha motivado la presente acción, corresponde al expediente 2009-20734-42-RII, el mismo que se encuentra radicado en la Comisión de Admisión, a la espera de turno para sorteo y resolución por el Tribunal Constitucional Plurinacional.
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ampliación
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- Las supuestas irregularidades procesales de una acción tutelar, no son impugnables a través de otra acción tutelar
- tampoco es posible cuestionar el procedimiento aplicado en el desarrollo de una acción tutelar a través de otra
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR