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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1703/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1703/2011-R

    Fecha: 21-Oct-2011

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución de 23 de octubre de 2009, cursante de fs. 150 a 153 vta., pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.

    • acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • deniega
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • Fragmento 11
    • III.1.        La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
    • III.2. La relevancia constitucional en los hechos, requisito indispensable para conceder la tutela solicitada
    • III.3. Sobre la legitimación pasiva
    • Fragmento 15
    • III.4.1.  Sobre la actuación de los Vocales de la Sala Civil Segunda y el Auto de Vista complementario de 28 de mayo de 2009
    • III.4.2. Sobre las actuaciones de los co-demandados Víctor Arévalo Bustamante, Carlos Germán Arévalo Céspedes y Mónica Irene Arévalo Céspedes
    • III.4.3.
    • APROBAR

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