SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1737/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
a)
Solicita se conceda la tutela constitucional, disponiendo: a) La libertad inmediata e irrestricta de su representado, en consecuencia, dejen sin efecto los "actos ilegales cometidos por los demandados" (sic), reparando los daños ocasionados a Jorge Gonzalo Noda Miranda; b) Se deje sin efecto el señalamiento de audiencia de medidas cautelares en tanto se resuelva la presente acción de libertad; y, c) Se establezca sanción y responsabilidad para los funcionarios demandados.
A su turno, Margot Pérez Montaño, Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, informó: a) En suplencia legal del Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, a través de Auto determinó el desarraigo temporal del agraviado, quien sin esperar el trámite administrativo en Migraciones, abordó el avión para trasladarse a los Estados Unidos; b) La Ministra de Transparencia, Nardi Suxo Iturri, le presentó un memorial, indicándole que para proceder al desarraigo temporal, debía celebrarse audiencia a efectos de establecer la contradicción respecto al desarraigo dado que "existía un informe desfavorable", razón por la cual revocó el Auto de desarraigo y señaló audiencia para que los abogados expongan sus argumentos en relación al informe de Migración; y, c) Establecida la audiencia para horas 14:00 del mismo día de la audiencia de la presente acción de libertad, el abogado de Jorge Gonzalo Noda Miranda, retiró la solicitud de desarraigo temporal.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- deniega
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. La acción de libertad y el derecho a la libre circulación
- III.2. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y las denuncias de aprehensión ilegal
- Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- Fragmento 22
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Respecto a la orden de desarraigo temporal
- Fragmento 25
- III.3.2. Respecto al traslado del imputado
- III.3.3. Sobre la revocatoria de la Jueza demandada
- Fragmento 28
- III.4. Otras consideraciones
- APROBAR