SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1748/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
por bien hecha la venta efectuada por su extinta madre a favor del señor FELIPE JUSTINIANO LEAÑOS,
Fundamento que es verificable del texto contenido en el numeral 5 del acápite I “HECHOS PROBADOS” del tercer Considerando de la Sentencia 107, que indica: “…por documento privado de fecha 31 de julio de 1990, reconocido en sus firmas y rúbricas en fecha 1º de agosto de (ilegible), los (…) hijos de la señora RIGOBERTA SAUCEDO URGEL VDA. DE CÉSPEDES, ratifican y dan por bien hecha la venta efectuada por su extinta madre a favor del señor FELIPE JUSTINIANO LEAÑOS, la que dicen fue protocolizada el 23 de febrero de 1978, habiendo sido suscrita el año 1971, y reconocen en consecuencia como único propietario de dicho inmueble, a su comprador FELIPE JUSTINIANO LEAÑOS” (sic) (negrillas añadidas) (fs 297)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- i)
- “procedencia”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3
- por bien hecha la venta efectuada por su extinta madre a favor del señor FELIPE JUSTINIANO LEAÑOS,
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- salvo que la problemática concreta adquiera relevancia constitucional, cuando se advierta afectación a algún derecho fundamental o garantía constitucional y un evidente desconocimiento de los principios rectores en los que se fundamenta la jurisdicción ordinaria
- en los casos en que se impugne tal labor como arbitraria, insuficientemente motivada o con error evidente
- La facultad de valoración de la prueba corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios,
- III.2. Fundamentos de la tutela constitucional solicitada por la accionante
- b)
- c)
- d)
- “conceder”
- 2° Dimensionar los efectos de la presente Sentencia