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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1866/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1866/2011-R

    Fecha: 07-Nov-2011

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, que modifica  el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve,  APROBAR la  Resolución de 20 de diciembre de 2010, cursante de fs. 109 a 111 vta., dictada por el Juez Segundo de Sentencia de Cochabamba, constituido en Juez de garantías; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada.

    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • 1)
    • “procedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4
    • II.5
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Protección de la acción de libertad cuando la lesión al debido proceso  está vinculada directamente con el derecho a la libertad y existe indefensión absoluta.
    • III.2. El apremio
    • la autoridad judicial, antes de expedir el mandamiento de apremio deberá previamente cuidar que el obligado sea notificado legalmente
    • En materia familiar, excepcionalmente puede disponerse la restricción a la libertad física, a través de un mandamiento de apremio en los casos en los que una persona incumpla con los deberes de asistencia familiar, luego de que sea intimado por escrito y no haga efectivo el pago de la asistencia familiar en el plazo de ley
    • III.3. Análisis del caso de auto
    • APROBAR

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